viernes, 12 de noviembre de 2010

Primera conferencia ( Policia de Turismo )

TURISMO ESPECIALEZADO art.26-28
ECOTURISMO: Actividad dirigida y controlada que respeta el patrimonio y cultural, se desarrolla dentro de los parametros del desarrollo humano sostenible.
ETNOTURISMO: Turismo especializado que se realiza en territorios de los grupos etnicos con fines culturales, educativos y recreativos que permite conocer los valores culturales, forma de vida, manejo ambiental, costumbres de los grupos etnicos.
ACUATURISMO: Turismo especializado que tiene como motivo principal el disfrute por parte de los turistas de servicios de alojamiento, gasronomia y recrecion, prestados durante el desplazamiento por rios, mares, lagos y en general por cualquier cuerpo de agua.
TURISMO METROPOLITANO: Se realiza en grandes centros urbanos, con fines culturales, educativos.
TURISMO SOCIAL: Servicio publico promovido por el Estado con el proposito de que las personas de recursos economicos limitados puedan acceder el descanso y el aprovechamiento del tiempo libre.
FONDO
RECURSOS: Contribucion parafiscal de empresarios turisticos establecimientos hoteleros, restaurantes turisticos y agencias de viajes- del orden 2,5 por mil del valos de sus ventas anuales.
REGISTRO NACIONAL DEL TURISMO art.61
caracteristicas
Obligatorio para los prestadores de servicios turisticos
Tiene vigencia anual
Existe un formulario para su inscripcion.

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